Consulte la presente norma en westlaw.ES RCL\2009\2417
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que la Administración General del Estado fijará, con sujeción al calendario laboral oficial, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.
Este calendario se publicará antes del comienzo de cada año en el «Boletín Oficial del Estado» y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
Por todo ello, esta Secretaría de Estado para la Función Pública, de conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 9 del Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, ha resuelto aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2010, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.